El objetivo final del gobierno es habilitar la libre portación de armas, en el Congreso habilitó ahora por decreto que los jóvenes puedan ir armados a partir de los 18 años.
Así quedó plasmado en el Decreto 1081/2024 publicado este martes en el Boletín Oficial con las firmas de Milei; el jefe de Gabinete, Guillermo Francos y de la ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich.
Allí modificó la ley nacional 20.429 de armas y explosivos y bajó a 18 años la edad mínima para ser legítimo usuario de armas de fuego. El Gobierno argumentó que el Código Civil y Comercial de la Nación aprobado en 2014 establece la mayoría de edad a partir de los 18 y que, cuando se dictaron las condiciones para poseer armas, era de 21.
Los requisitos dispuestos por el artículo 55 para ser legítimos usuarios de armas son los siguientes:
-Ser mayor de 18 años.
-No presentar anormalidades psíquicas o físicas que incapaciten al peticionante para la tenencia de armas de fuego. Cuando existieren razones fundadas, podrá exigirse la presentación de certificado médico.
-Acreditar ante la dependencia policial con jurisdicción en el domicilio del interesado, identidad, domicilio real y medios de vida lícitos. Esta emitirá certificación al respecto así como de la no existencia de antecedentes policiales o penales e imprimirá un juego de fichas dactiloscópicas con destino al Registro Nacional de Armas.
